Me parece interesante la reflexión, sin embargo, lejos del análisis del proyecto de Ley (del tipo penal propiamente), la primera reflexión es si es posible considerar delito de terrorismo urbano, a delitos comunes, ya que existe una Ley de terrorismo y conforme lo ha entendido cierto grupo de la doctrina en terrorismo, profieren que solo puede llamarse terrorismo a quienes además de causar terror o zozobra en la población tienen como intención tomar el poder. Lo que no sucedería con los DDCC que su fin es económico.