Vemos la principal clasificación del daño resarcible: daño patrimonial y extramatrimonial y adelantamos sus subclasificaciones.
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@leslielisak242610 ай бұрын
rindo obli en menos de 24 hs y esto me viene como anillo al dedo. Gracias profe!
@ramonyrastorza70942 жыл бұрын
Hola profe, es un placer verlo y escucharlo publican// a través de internet. Durante las primeras clases no entendía nada de nada hasta que finalm// todo se aclaró y, ahora, desaparecieron todas las nubes oscuras!. Ahora tomaré nota de la página para verlo cuántas veces sean necesarias y hasta grabarlas en mi memoria!!. Fue un placer verlo y escucharlo y le deseo prosperidad y éxito en la difusión de estás lecciones tan útiles e instructivas tanto para su alumnado como para todo aquel interesado en el DERECHO!!. Ramón A. Yrastorza