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En las primeras horas de este domingo falleció Enilce del Rosario López Romero, conocida como La Gata, en una institución médica de Barranquilla, donde se encontraba en una condición de salud crítica.
Recientemente, un magistrado de la nación le había suspendido la condena para que pudiera atender sus asuntos médicos desde la Clínica General del Norte, en la capital del Atlántico. Fue desde este lugar que se informó sobre su deceso al Inpec.
La entidad mencionada comunicó públicamente que 'La Gata' falleció a las 12:48 del 14 de enero y también reveló que uno de sus hijos, el recluso Jorge Luis Alfonso López, solicitó permiso para asistir al sepelio, que está programado en Jardines de la Eternidad, en Barranquilla.
A principios de este año, el 3 de enero concretamente, López ingresó a una institución médica de la ciudad en la sección de hospitalización. En ese momento, una fuente comentó a este periódico que los médicos informaron a sus hijos sobre la afectación de órganos vitales y dificultades respiratorias.
Enilce López tiene varios registros judiciales en los que también se le menciona como 'la empresaria del azar'. La pena que cumplía estaba relacionada con su participación en el asesinato del vigilante Amaury Fabián Ochoa, perpetrado por paramilitares en junio del año 2000 en un peaje que conecta a Sincelejo y Cartagena.
La sentencia en su contra, por la cual estaba bajo custodia, era de 37 años. Últimamente, cumplía con prisión domiciliaria debido a problemas de salud. En 2018, por ejemplo, le diagnosticaron 17 condiciones médicas vinculadas a hipertensión, cardiopatía, hipertensión y desnutrición.
El año pasado, alrededor del mes de febrero, el Juzgado sexto de ejecución de penas de Barranquilla la liberó debido a su estado de salud y su condición de ser mayor de 65 años.
Simultáneamente, había presentado una solicitud ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). A finales del año anterior, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó su petición de sometimiento porque no cumplió con lo ordenado por la Sección de Apelación cuando se le otorgó la última oportunidad para acogerse.
"Esta Subsala concluye que la señora Enilce del Rosario López Romero incumplió con lo ordenado por la Sección de Apelación en el Auto TP-SA 1232 de 2022, ya que no se pronunció sobre los puntos mencionados en esa decisión (párrafos 80 y 81), también recogidos en la Resolución n.º 1177 del 30 de marzo de 2023", afirmó la EJP en su resolución del 27 de diciembre.