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🤔 ¿Podemos renovar nuestra Tarjeta Comunitaria si estamos cobrando el Ingreso Mínimo Vital? 🤷🏻♂️ Resolvemos una de las dudas más frecuentes de los últimos días 😉 ¡no te pierdas este vídeo en el que Vicente Marín explica todos los detalles al respecto! ✅👍🏼
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Ya sabéis todos que el Ingreso Mínimo Vital es una prestación, la cual podemos tramitar y pedir desde el pasado día 15 de junio de 2020, una prestación destinada a las familias o personas en riesgo de exclusión y que carecen de rentas.
En relación a este Ingreso Mínimo Vital, hace algunos días os analizábamos y os explicábamos cómo renovar nuestra tarjeta de residencia y trabajo por cuenta ajena cobrando esta renta mínima. Hoy dedicamos este artículo y este vídeo a la renovación de la tarjeta comunitaria con el Ingreso Mínimo Vital. ¿Es posible?.
Como ya henos comentado en alguna ocasión, es intención de este Gobierno hacer una modificación de la Ley de Extranjería y el Reglamento de Extranjería. Y son varias las ocasiones en las que hemos podido ver al propio ministro José Luis Escrivá comentar que es necesario a día de hoy una normativa en materia de extranjería acorde a la situación que vive actualmente España.
En cuanto al régimen comunitario se refiere, desde hace ya bastante tiempo, tanto por parte de las distintas Oficinas de Extranjería así como por parte de los diferentes Juzgados de España, se hace necesario una diferenciación entre los familiares de un español y los familiares de un ciudadano comunitario. Y muchos son los rumores que nos llegan sobre una futura diferenciación entre ambos familiares, ya no sólo en la práctica, sino también una diferenciación reflejada en la propia normativa española.
RENOVAR LA TARJETA COMUNITARIA
Ya sabéis que para poder renovar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario es necesario acreditar una serie de requisitos. Entre estos requisitos que suelen exigir las Oficinas de Extranjería encontramos los siguientes:
- Acreditación del vínculo con ciudadano comunitario. En este caso, debemos acreditar qué vínculo tenemos con el ciudadano español o comunitario, si es nuestro cónyuge, nuestra madre o nuestro hijo. Ya sabéis que igualmente se podrá hacer una reagrupación familiar comunitaria en aquellos casos en los que sea un familiar más lejano, como nietos, sobrinos o pareja estable, a través de la conocida familia extensa. Igualmente, podremos renovar nuestra tarjeta aunque no exista ya el vínculo o si hemos dejado de estar a cargo de la persona comunitaria y tenemos derecho al mantenimiento de esta tarjeta.
- Ser trabajador por cuenta ajena o cuenta propia.
- Que el ciudadano español o comunitario disponga de medios económicos para sí y para los miembros de su familia.
- Que el ciudadano español o comunitario esté matriculado en un centro público o privado, cuente con un seguro médico privado y pueda garantizar mediante una declaración que posee medios económicos suficientes para sí mismo y sus familiares.
Llegados a este punto, podemos plantearnos la cuestión de si con el Ingreso Mínimo Vital se podría renovar la tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
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