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El régimen del servicio civil aplica para los servidores de entidades públicas bajo los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057 (CAS). El paso de los servidores públicos al nuevo régimen del servicio civil es voluntario y progresivo, y será llevado a cabo por concurso público de méritos. Los servidores podrán concursar siempre y cuando a la fecha de la convocatoria tengan contrato con una entidad pública o hayan tenido contrato vigente al 4 de julio de 2013 o fecha posterior.